Spiga

Copyrights


Aunque la Ley 17.336, en su artículo primero, protege los derechos intelectuales del autor desde el momento mismo de su creación "por el sólo hecho de haber creado la obra", sugiere además, la conveniencia de inscribir apropidadamente los trabajos en el Registro Nacional creado para tales efectos.


Esta recomendación es en parte para simplificar la identificación apropiada del autor en caso de ser necesario, al utilizarla como elemento probatorio inapelable, pero más que nada para mantener registros y estadísticas de la producción y quehacer nacional en las distintas ramas de expresión artística.

Buena parte de mi producción musical y literaria está inscrita apropiadamente en el Registro de Propiedad Intelectual, dependiente de la Dirección Nacional de Bibliotecas, Museos y Archivos de la República de Chile, más que nada porque hasta hace algún tiempo pensaba que era imprescindible, pero ahora sé que no es tan así y que cualquiera de los respaldos que mantengo en diversos medios (computadores, diskettes, cassettes, CDs, discos duros, e-mails, web drive, gmail drive, pen drives, páginas especializadas de internet, etc. además de un par de viejos cuadernos de tapas extra duras que son mi biblia) me podría servir llegado el caso. Incluso este mismo blog que lleva un registro de las fechas de publicación de los artículos se convierte en una excelente referencia dado el caso.

El trámite de inscripción es bastante simple en realidad e incluso se puede realizar por correo (si es certificado, mejor) dirigido al Conservador de Derechos Intelectuales, acompañándose una copia o fotocopia de la obra de que se trata, impresa en papel.

Dirección: San Isidro 247, 2° piso, Santiago Centro, Chile
Teléfonos : 2222663 - 6346497. Fax: (562) 63552268.
Horario de atención de público : Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 Hrs

En el caso de canciones se debe adjuntar una copia adicional de la letra y la partitura correspondiente a la línea melódica. Deben indicarse además los datos del autor y enviarse el valor de la inscripción en vale vista o cheque nominativo y cruzado a nombre de Dirección de Bibliotecas, Archivos y museos. El valor de inscripción por cada obra corresponde al 10% de la UTM correspondiente a la fecha en que se realice el trámite. En lo personal, nunca he tenido ningún tipo de problema para realizar el trámite y a vuelta de correo me han llegado los certificados correspondientes.

Mucha más información al respecto pueden encontrarla en los siguientes links:

Ley 17.336:
http://www.ads.cl/Ley.htm

Página web de la Dirección de Bibliotecas, Museos y Archivos:
http://www.dibam.cl/derechos_intelectuales/